Archivo de Público
Miércoles, 19 de Diciembre de 2007

El pago en Europa: un generador de riqueza cultural y económica

VICTORIANO DARIAS ·19/12/2007 - 11:24h

El canon por copia privada está ligado a la llamada excepción de copia privada que considera, por ejemplo, que grabar música en un CD virgen es legal. Contrariamente a lo que se ha dicho, se presume que el acto que lleva a cabo el consumidor (y por el cual se compensa) es completamente lícito.

En Europa sólo dos países prohiben esta práctica: Irlanda y Reino Unido. En el resto, la copia privada está permitida, lo que, según la normativa comunitaria, obliga a introducir un sistema de compensación. En ningún estado de la UE existe un sistema de compensación distinto del canon.

En todos estos países se considera que el binomio excepción de copia privada/canon no es sólo un mecanismo de apoyo a la cultura, que lo es. Sino que también, y así lo demuestran los estudios económicos, es un sistema que crea un círculo virtuoso que genera beneficios al conjunto de la sociedad. Los consumidores tienen la libertad de hacer copias legales de contenidos.

Esta posibilidad genera un aumento en el valor que los usuarios otorgan a aquellos aparatos que les permiten hacer copias. Dejar de recompensar a los proveedores de estos contenidos por este aumento sería, por tanto, injusto y poco deseable. El canon no es sólo un mecanismo de compensación, también es un generador de incentivos para los creadores.

Es un aliciente para llevar nuevos contenidos al mercado; nuevos contenidos que los consumidores podrán copiar gracias a los productos que vende la industria de la electrónica de consumo, aumentando sus ventas y generando crecimiento económico. Suprimir el canon no sólo supondría reducir la libertad de los consumidores para hacer copias de contenidos -lo uno sin lo otro sería contrario al derecho comunitario- sino que eliminaría un generador de riqueza cultural, social y económica.

Victoriano Darias es asesor jurídico del Grupo Europeo de Autores y Compositores