El Senado mantiene su poder para elegir el Tribunal Constitucional
Podrá designar sus magistrados fuera de la propuesta de las comunidades

ÁNGELES VÁZQUEZ - El presidente del Senado.
El Tribunal Constitucional avala la reforma del Reglamento del Senado para adaptarlo a la nueva ley reguladora del Alto Tribunal, porque vela adecuadamente por la función de designación de la Cámara Alta, respetando así el mandato constitucional de que cuatro de los 12 magistrados del TC los elija el Senado.
La reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional estableció que el Senado designe a estos jueces constitucionales a propuesta de los parlamentos autonómicos. El Constitucional avaló este cambio el pasado mes de abril, y ahora ha hecho lo mismo con la adaptación del Reglamento del Senado.
De hecho, la sentencia hecha pública ayer, de la que ha sido ponente Ramón Rodríguez Arribas, al que se sitúa en el sector conservador, cuenta con los votos particulares de los magistrados considerados afines a él ideológicamente, Vicente Conde, Javier Delgado y Jorge Rodríguez-Zapata. Los tres discreparon también del rechazo del recurso del PP contra la LOTC.
En esta ocasión el recurso presentado por más de 50 senadores conservadores fue rechazado por 7 de los 10 magistrados que formaban el Pleno, porque consideran que el Reglamento deja plena libertad al Senado en relación con el juicio de idoneidad que le merezcan las candidaturas presentadas.
Los candidatos serán los que hayan presentado las comunidades autónomas, pero la libertad institucional, insuprimible, del Senado, no puede llevar a la Cámara a la imposibilidad de cumplir con su obligación de designar magistrados. Por eso, el propio Reglamento prevé que si los propuestos por los parlamentos autonómicos no son suficientes, numéricamente o por sus méritos, la Comisión de Nombramientos de la Cámara Alta examinará a otros escogidos por los grupos parlamentarios. Su elección definitiva se hará por mayoría de tres quintos del Senado.